Estados de Europa en el siglo XVII.
- Monarquía española (Países Bajos, Franco Condado, Milán, Sicilia, Cerdeña, Nápoles, Castilla y C. Aragón).
- Inglaterra (unión dinástica con Escocia).
- Portugal.
- Francia.
- Austria (con Bohemia y oeste de Hungría)
- Prusia-Brandeburgo.
- Dinamarca.
- Suecia (con Finlandia, Estonia y Letonia).
- Estados de la Iglesia.
- Saboya.
- Suiza
- Imperio Otomano o Turco (Hungria y Balcanes).
- Polonia
- Rusia.
Situación política y religiosa de Europa a mediados del siglo XVII.
(1)La Guerra de los Treinta Años (1618-1648) finalizó con la Paz de Westfalia. Ésta significó el ascenso de Francia como principal potencia europea.
(2)El siglo XVII dio paso al predominio de los Estados-nación y de las monarquías absolutas. Frente a ello comenzó la crisis de los estados supranacionales o plurinaciones.
(3)La Paz de Westfalia también proclamó la libertad religiosa para cada Estado lo que dio fin a las guerras religiosas.
(4)En los países del Norte e Inglaterra se mantuvieron las iglesias protestantes (luteranos, calvinistas y anglicanos). Mientras en los países del Sur se mantuvieron católicos.
¿De quién provenían los poderes de los monarcas absolutos?
En la monarquía absoluta, la autoridad del monarca provenía directamente de Dios, en cuyo nombre ejercía el poder.
¿Qué poderes detentaba el monarca absoluto?
- Él era la ley (poder legislativo).
- Él era la autoridad máxima del Estado, dirigía la política interior y exterior (poder ejecutivo).
- Era la cabeza de la justicia (poder judicial).
¿Por qué decimos que su poder era absoluto?
El poder del rey era absoluto y constituía la encarnación misma del Estado. No se sometía a ningún control y no compartía su soberanía (poder de gobernar) con nadie.
¿Quién ayudaba al rey absoluto en sus tareas de gobierno?
Para gobernar, el monarca estaba auxiliado por ministros, consejeros y secretarios, y también por un gran número de funcionarios.
¿Qué limitaciones tenían los reyes absolutos?
El poder real estaba restringido por:
- La ley divina (el rey no puede ir contra Dios).
- El derecho natural (tradiciones de los reinos).
- Las limitaciones que imponían Parlamentos o Cortes (para evitar esta limitación no se reunieron las Cortes ni Parlamentos).