3 4.1 Durante mis consulados sexto y séptimo, tras haber acabado la guerra civil. siendo dueño de todas las cosas, gracias al acuerdo de todo el mundo, pasé el gobierno del Estado a la jurisdicción del Senado y del pueblo romanos, cediendo mi poder. 2 En virtud de ese acto meritorio fui llamado por decisión del Senado, Augusto, y fueron revestidas públicamente con laureles las jambas de mi casa y se colocó la corona cívica sobre mi puerta y se puso en la curia Julia un escudo de oro, que me otorgaron el Senado y el pueblo romanos por mi valor y mi clemencia, por mi sentido de la justicia y del deber religioso, como atestigua la inscripción que hay en el propio escudo. 3 Después de aquel momento, gocé de un prestigio superior a todos, mas nunca tuve poderes más amplios que el resto de los que fueron colegas míos en las magistraturas.
Res Gestae Divi Augusti. Traducción de Antonio Alvar Ezquerra
De Till Niermann - Trabajo propio, CC BY-SA 3.0, https://commons.wikimedia.org/w/index.php?curid=388210 |